Cuando el comparendo se impuso sin cumplir los requisitos técnicos o el procedimiento que exige la ley, se puede pedir que se declare nulo — sin importar si estás o no de acuerdo con los hechos.
La nulidad ataca la validez del comparendo mismo, no los hechos que describe. Un comparendo puede ser nulo porque el equipo que lo generó no cumplía los requisitos técnicos exigidos, porque el agente que lo impuso no tenía competencia, o porque el procedimiento se saltó pasos que la ley exige como obligatorios.
Es especialmente relevante en comparendos generados por sistemas automáticos de detección (fotomultas) que operaron sin las certificaciones técnicas exigidas, o en comparendos manuales con errores de procedimiento. La investigación que el Gobierno abrió en mayo de 2026 contra 37 organismos de tránsito es un ejemplo directo de este tipo de vicio.
Identificamos si viene de una cámara automática, un radar u otro medio tecnológico, y en qué condiciones se impuso.
Buscamos si hay un requisito técnico o procedimental que no se cumplió.
Radicamos la petición de nulidad ante el organismo de tránsito correspondiente.
Te avisamos por WhatsApp en cada actuación real, hasta que haya una respuesta.
Lee el detalle de la investigación a los 37 organismos de tránsito por fotomultas irregulares